
El Tribunal Superior Electoral falló hoy que el expresidente Leonel Fernández no tiene impedimento constitucional ni legal para tener una candidatura con miras a la elecciones de 2020.
requisitos no exigidos por la Constitución.
“Acoger la excepción de inconstitucionalidad sometida por el codemandado Leonel Fernández Reyna a la cual se adhirió el PTD contra el artículo 49.4, de la Ley 33-18; el artículo 134 de la ley 15-19 y el artículo 10, parte infime del reglamento de la JCE sobre candidaturas, y en consecuencia declarar inaplicables a la solución del presente proceso dichos artículos por desconocer lo previsto en los artículos 22.1, 74.2 y 123 de la Constitución porque dichas disposiciones legales y reglamentarias imponen requisitos no exigidos en la Constitución de la Republica para ostentar una candidatura a un puesto de elección popular”, señala la decisión del TSE.